26 de agosto, 2024.- Perfeccionar las actuales normas que regulan el principio de igualdad de remuneraciones en la legislación chilena, con el objeto de dotarlas de mayor efectividad y herramientas para asegurar su cumplimiento, es la idea matriz del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar la regulación del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, que se encuentra en segundo trámite constitucional, comenzó a ser analizado por la Comisión de la Mujer y la Equidad de Género del Senado.
A la instancia, presidida por la senadora Loreto Carvajal, han asistido representantes de organizaciones de la sociedad civil, de la academia, de organismos internacionales, entre otros.
Es así como en la sesión del 26 de agosto, expusieron Laura Bartolotti, abogada de Corporación Humanas, Verónica Riquelme y Nora Reyes, investigadoras del Centro de Estudios de la Mujer, organizaciones reunidas en la plataforma Nada Sin Nosotras.
En su intervención, Bartolotti, valoro que el proyecto incorporara el principio de igualdad de remuneraciones por un trabajo de igual valor, principio que se encuentra consagrado en varios tratados internacionales que son vinculantes para Chile. También dio cuenta que, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) establece el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie.
Recordó que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) impone a los estados parte eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, a fin de asegurar las condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, entre ellos: “el derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones, y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor”.
La abogada de Corporación Humanas, entre otros alcances entregados al proyecto de ley en discusión, sostuvo que este año el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en sus Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de Chile, estableció que el Estado debe intensificar sus esfuerzos para garantizar una igualdad efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos; incrementar los esfuerzos para eliminar la desigualdad salarial entre hombres y mujeres; y reforzar las medidas para combatir los estereotipos y prejuicios de género sobre el papel y las responsabilidades de los hombres y mujeres en la familia y la sociedad.
Por su parte, Nora Reyes del Centro de Estudios de la Mujer (CEM) desarrolló las principales consideraciones para el proyecto de ley sobre igual pago por trabajo de igual valor. En su presentación indicó que el fin de la discriminación laboral hacia las mujeres es esencial para alcanzar la igualdad de género. Para ello se hace necesario que el trabajo llevado a cabo por hombres y mujeres sea valorado adecuadamente.
La Organización Internacional del Trabajo considera que la igualdad de remuneración por un mismo trabajo -hoy vigente en Chile- se limita a la aplicación del principio de igualdad de remuneración al trabajo llevado a cabo por dos o más personas en una misma área de actividad y en una misma empresa. De ahí que exista la necesidad de consagrar el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor en la legislación laboral, cuyo concepto abarca los casos en que hombres y mujeres realizan trabajos diferentes, precisó la investigadora de CEM.
El Centro de Estudios de la Mujer, entregó recomendaciones que consideramos necesarias para que la ley pueda cumplir correctamente su fin. En ese sentido, se indicó que la Dirección del Trabajo, no sólo deberá recibir, investigar y fiscalizar las denuncias de discriminación salarial, sino también, deberá poner a disposición una guía de orientación para la evaluación de los diversos cargos o funciones y la elaboración de planes de igualdad, así como dar asistencia técnica a empresas medianas y pequeñas, las que podrán implementar voluntariamente crear el Comité para realizar la evaluación y confeccionar el Plan para remediar sus posibles problemas de brecha salarial de género, puntualizó Verónica Riquelme.
Otros aspectos están relacionados con la necesidad de integrar otros organismos técnicos para la definición y seguimiento de trabajos de igual valor; establecer mecanismos periódicos de evaluación; acciones promocionales y de seguimiento de la ley y garantizar la perspectiva de género y paridad para la aplicación de la normativa.
Cabe recordar que la moción, que responde a una serie de boletines refundidos, fue uno de los temas priorizados por el presidente de la República, Gabriel Boric, durante su última cuenta pública.
Revisa la presentación en la Comisión Mujer y Equidad de Género del Senado.