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Columna de opinión: Mujeres y niñas migrantes, la urgencia de proteger sus derechos

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Los anuncios realizados por el presidente Gabriel Boric en su cuenta pública de presentar proyectos de ley relativos al sistema nacional de apoyos y cuidados, igualdad salarial y legalización del aborto, representan buenas noticias para avanzar en derechos de las mujeres.

Sin embargo, las mujeres somos diversas y enfrentamos formas agravadas de discriminación, restricción de derechos y violencia de género debido a factores que exacerban nuestra vulnerabilidad. Este es el caso de las más de 800 mil mujeres y niñas migrantes que habitan en Chile, por lo que resulta preocupante la total ausencia de propuestas y medidas orientadas a protegerlas en la cuenta pública presidencial.

Las migrantes en condición irregular enfrentan mayores riesgos, pues están más expuestas a vivir explotación laboral y sexual, no tienen acceso a salud, a seguridad social ni a viviendas dignas y deben pagar arriendos altísimos por el sólo hecho de no contar con sus papeles al día. Dado que en sus países de origen les resulta prácticamente imposible acceder a la documentación requerida para ingresar legalmente a Chile y debido al colapso del Servicio Nacional de Migración que exige esperar por años una respuesta que les permita acceder a un RUT y tener derechos en el país, resulta urgente mejorar los procesos de regularización.

Desde el año 2021, la legislación establece que las mujeres extranjeras serán protegidas en todas las etapas del proceso migratorio para no ser discriminadas ni violentadas debido a su género. Para lograr este objetivo, se explicita que las mujeres embarazadas, víctimas de violencia de intrafamiliar (VIF) y víctimas de trata o tráfico de personas, tendrán un trato especial y podrán optar a visados de residencia temporal por razones humanitarias.

No obstante, estas disposiciones enfrentan diversos problemas administrativos y burocráticos para implementarse. Así, en el año 2022 se entregaron 77 visas a embarazadas, 21 visas a víctimas de trata o tráfico de personas y sólo una a víctimas de VIF.

La dificultad para que las víctimas de violencia intrafamiliar o de género puedan optar a visas radica en que son los Tribunales de Familia o el Ministerio Público las entidades encargadas de calificar la condición de víctima y requerir el visado. Dichos organismos pasan por alto su deber de proteger a las denunciantes y requerir la documentación que les permitiría, por ejemplo, trabajar formalmente, sustentar a sus familias, pagar un arriendo justo y alcanzar autonomía económica, que se constituye como un factor protector ante la violencia de género.

Por otra parte, el reducido número de permisos de residencia temporal otorgados a embarazadas se explica porque aquellas mujeres que ingresaron al país por pasos no habilitados están excluidas de optar a estos visados humanitarios. Por ello, se ven forzadas a permanecer en condición irregular mientras cursan sus embarazos, lo que exacerba los riesgos para la vida y salud de sus hijas e hijos y de ellas mismas.

Avanzar en la protección de los derechos de niñas y mujeres migrantes requiere de voluntad política y medidas de corto y mediano plazo. En lo inmediato, acciones administrativas ágiles como la modificación del Decreto 177 que regula el otorgamiento de permisos de residencia temporal, resulta imprescindible. En el mediano plazo, impulsar un proceso de regularización extraordinario que propicie la integración e inclusión social de las personas migrantes es el camino para establecer las condiciones de una migración regular, segura y ordenada en el país.

Mariela Infante, socióloga de Corporación Humanas.