
En la última edición de Super Ciudadanas estuvimos con Francisca Millán, abogada del estudio jurídico AML Defensa Mujeres. en el programa, presentado por Corporación Humanas en Súbela Radio, conversamos sobre el nuevo registro de deudores de alimentos y la dimensión de género que tiene esta problemática.
La semana pasada entró en vigencia el Registro Nacional de Deudores de Alimentos, un nuevo mecanismo que apunta al cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Si bien cualquier persona que adeude pensión de alimentos podrá ingresar al registro, esta iniciativa es de especial relevancia para las mujeres. «El 84% de las pensiones reguladas judicialmente no están pagadas y de esas más del 90% son de hombres«, nos señala la abogada Francisca Millán. Y agrega: «Es importante visibilizar la dimensión de género porque afecta de manera desproporcionada a las mujeres».
El no pago de pensiones de alimentos constituye un tipo de violencia económica que se ejerce de manera habitual. «También hay una violencia psicológica, por lo que significa estar cotidianamente con la presión, todo el estrés, de necesitar este pago (…) Eso es violento para sus hijos, para la persona cuidadora porque afecta su integridad física, psíquica y su derecho al descanso«, nos señala la abogada de AML Defensa Mujeres.
Frente a esto, el registro de deudores de alimentos es una respuesta estatal a un problema que, anteriormente, debía ser gestionado por la parte alimentante en un tribunal, lo que muchas veces era engorroso y revictimizante.
Cómo funciona y qué implica el registro
La abogada Francisca Millán aprovechó la instancia para explicar cómo funciona el nuevo registro de deudores de pensiones de alimentos. Algo básico para que se haga efectivo, es que la causa debe estar judicializada, ya sea a través de mediación, acuerdo notarial o proceso judicial, ya que los acuerdos de palabras, legalmente, no funcionan como pensión de alimentos.
Luego, si la persona pagadora debe tres pensiones continuas o cinco discontinuas, el tribunal automáticamente le ingresará a este registro, que depende del Registro Civil. «Una vez que la persona deudora está dentro, implica obligaciones desde el punto de vista financiero de distintas instituciones que interaccionan con el registro. Es como una especie de DICOM«, señala Francisca Millán.
Estas obligaciones tienen que ver con instituciones bancarias, lo que se podría hacer efectivo, por ejemplo, en retener parte de un crédito de consumo si es que la persona que lo solicita es parte del registro. «Lo mismo pasa con bienes inmuebles, bienes motorizados, las notarías, los contadores, todas deben revisar el registro de deudores antes de hacer préstamos o traspasos (…) Lo mismo con sueldos de funcionarios públicos, postularse a cargos de elección popular, para obtener beneficios fiscales, bonos, devolución de impuestos«, agrega la abogada.
Tampoco se podrá renovar la licencia de conducir o sacar un pasaporte, entre otros trámites. En síntesis, busca acorralar lo más posible al deudor para que cumpla su obligación de pago de pensiones y disminuir la impunidad a las que estamos acostumbrados. Para salirse del registro de deudores, la persona debe realizar una propuesta de pago total o parcializada de la deuda, que debe ser acordada con la contraparte, pero en caso de adeudar nuevamente solo una pensión, vuelve a ingresar.
No pago de pensiones: otra forma de violencia
¿Por qué aplicar este registro y no solo aumentar las sanciones o multas en caso de que la persona sea deudora? Para la abogada Francisca Millán, tiene que ver con que la pensión de alimentos es una deuda permanente. «Ninguna persona sostiene un espacio familiar con que el deudor se vaya preso una noche o que tenga que pagar una multa fiscal. Ninguna persona a la que se le deben alimentos quiere que la otra persona se precarice más, lo que se quiere es que se les pague para sostener a sus hijos», explica.
Aunque, de todas formas, la sanción visibiliza el hecho de que el no pago de pensiones es una forma de violencia y usualmente esas causas quedan en impunidad, «son los tipos de delitos con mayor cierre administrativo por parte del Ministerio Público». Esto es parte, también, de una problemática que también afecta a las mujeres que buscan que se les paguen las pensiones de sus hijos e hijas: la violencia institucional.
«Aparte de estar precarizadas, se exponen a victimización secundaria por perseguir judicialmente, ya que las personas que componen esa institución tienen sesgos de género que hacen que la experiencia sea aún más traumatizante de lo que ya es», nos relata la abogada. Algo clave, entonces, es que exista tecnificación y especialización de los sistemas de justicia para evitar estas experiencias violentas.
Socialización de los cuidados
Finalmente, con Francisca Millán comentamos sobre la importancia de socializar los cuidados, es decir, que no sean visto como algo de lo que deben hacerse cargo solo las mujeres. «Mientras a mujeres y hombres nos socialicen de manera diferente para sentirnos mas o menos responsables de los cuidados, esta realidad no va a cambiar«, reflexiona.
«Desde el punto de vista de género, nuestro mayor desafío hoy es criar a niños y niñas sin sesgos, sin roles de género, que les permita a ambos desarrollar materias y competencias relacionadas al bien cuidar«, agrega la abogada.