Claudia Sarmiento, abogada de la Universidad de Chile, explica en conversación en el programa del #PanelFeminista de Corporación Humanas en Súbela, los derechos filiales en cuanto a las parejas de mismo sexo y/o género. La abogada comentó que constitucionalmente para todas aquellas parejas de un mismo sexo, en específico las mujeres que se someten a terapias de reproducción asistida, la filiación queda determinada por el parto, es decir, solo a una de ellas se le reconoce como madre legal del nacido/a. La otra madre no tiene ningún tipo de reconocimiento como tal ante el derecho.
Sarmiento explica que las parejas de la comunidad LGBTIQ, a pesar de tener la posibilidad del Acuerdo de Unión Civil, no está la opción de filiación porque solo se contempla a la pareja como concepto de familia. “Cuando uno ve el perjuicio que hay en este tratamiento injusto solo a partir de la orientación sexual de las madres, no se está viendo el resguardo del interés superior de los niños, niñas y niñes”, comentó.
La abogada señaló que hay dos alternativas para cambiar esto: la primera es que las comunidades se organicen, y quienes tengan voz la utilicen indicando que el sistema normativo trata a las familias de la comunidad LGBTIQ de manera injusta e incorrecta y que se necesita una solución urgente. Lo segundo sería un debate constitucional donde el Estado tiene que articularse de otras formas en la concepción de familias y cuidados.
“Necesitamos que el sistema político normativo cambie […] hay que tener un debate constitucional acerca de las familias si vamos a continuar afirmando que la familia es el núcleo fundamental de la nación”, afirmó la abogada.
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