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Camila Maturana, directora de Corporación Humanas: “Las organizaciones nos vamos a mantener muy activas en monitorear cómo se va implementando adecuadamente esta Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres”

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Tras siete años de tramitación, la Ley que establece medidas para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres -conocida como Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres- ya es un hecho. El 8 de junio pasado fue promulgada y el 14 de julio fue publicada en el Diario Oficial para comenzar la implementación a nivel nacional.

La promulgación de la Ley, ingresada en el segundo gobierno de la expresidenta Michelle Bachelet, llega justo en la conmemoración de los 30 años del primer tratado internacional en consagrar el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia: la Convención de Belém do Pará, ratificada por el Estado de Chile en 1996.

“El principal aporte de esta ley es superar el concepto básico de la violencia contra las mujeres reducido al espacio de las parejas”, destacó la directora de la Corporación Humanas, Camila Maturana.

Si bien para la abogada, contar con una ley de violencia intrafamiliar (en 1994) “fue muy importante, no solo en el ámbito de la sanción, sino de definir un problema desde el carácter público que tiene y que el Estado tenga una respuesta”, el problema es que “Chile mantuvo durante mucho tiempo la violencia contra las mujeres limitada al espacio del hogar”.

Es justamente esta reducida definición lo que supera la nueva Ley Integral, que “amplía la conceptualización de la violencia contra las mujeres y define obligaciones para los órganos del Estado en prevención, investigación, atención de las víctimas o reparación”, agrega Camila Maturana en conversación con el Observatorio de Género y Equidad.

Entre las principales medidas de la nueva Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres está el fortalecimiento de las obligaciones de los organismos del Estado por velar por un debido acceso a la justicia, la protección de las víctimas en el proceso y el correcto funcionamiento de medidas cautelares. También garantiza la asistencia y representación judicial de las víctimas de violencia de género, ampliando las medidas de protección. Define e incluye distintas formas en que se manifiesta la violencia, como la violencia sexual, económica, gineco-obstétrica y política. Además, está centrado y enfocado en la prevención de la violencia, a través de diversos organismos del Estado.

“Quisiera resaltar que los avances normativos a nivel regional, global y nacional han sido posibles por el trabajo incansable de las organizaciones de mujeres y feministas durante décadas. En los últimos cuarenta años, las mujeres no hemos descansado en denunciar la violencia contra las mujeres como expresión de las relaciones de poder y la discriminación estructural”, destacó la directora de Corporación Humanas.

30 años desde la Convención Belém do Pará

La promulgación de la Ley Integral coincide con la conmemoración de los 30 años de la Convención Interamericana Belém do Pará, que promovió la incorporación de medidas para prevenir y erradicar la violencia hacia las mujeres en los Estados de América Latina y el Caribe.  Actualmente Chile preside la desdeConferencia de Estados Parte de la Convención, cuyo noveno encuentro se realizó en Chile entre el 11 y 12 de junio, en la sede de la CEPAL.

Para Camila Maturana es importante que al conmemorarse 30 años de la Belém do Pará en Chile (y 20 años desde el Mecanismo de Seguimiento), se cuente con una Ley que establece medidas para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en razón de su género. “En un escenario regional y global de avance de las posturas anti derechos, en concreto, que cada vez estas posturas y discursos tienen mayor presencia en los medios, parlamentos y gobiernos locales, altas cortes y hasta la presidencia de los países, como el caso de Argentina actualmente, Brasil con Bolsonaro y Trump en EE. UU. En este contexto, se vuelve relevante contar con instrumentos como la Convención de Belém Do Pará, la Plataforma del Cairo, la Plataforma de Beijing, que el próximo año también cumplen 30 años, como bases fundamentales en el reconocimiento y protección de los derechos de las mujeres”, enfatizó la directora de Corporación Humanas.

Aunque la abogada reconoce que el actual marco internacional “tiene limitaciones, son un poco antiguos, no cubren todas las formas de violencia, y significan desafíos por el retraso de su aplicación en los estados, son líneas de base, mínimos inderogables en materia de derechos de las mujeres y niñas”.

La nueva Ley

La directora de Corporación Humana reconoce que la nueva Ley Integral es un significativo avance a la hora de “superar la conceptualización limitada de la violencia intrafamiliar y definir obligaciones específicas en materia de prevención y atención para distintos órganos del Estado”.

Un ejemplo de esto es que soluciona “un problema que se venía denunciando desde hace mucho tiempo, cuando se activa el sistema de protección de cautelas, como la prohibición de acercamiento. Lo que siempre señalamos era que los tribunales decretan esas medidas de protección, pero ¿quién las fiscaliza? Esta ley establece que el tribunal que definió la medida cautelar debe hacer una audiencia de revisión de esa medida cautelar, la ley se hace cargo de esta omisión y define que el tribunal tiene que hacer una sesión de seguimiento”, agregó la abogada.

A esto se suma la fragmentación del sistema judicial a la hora de abordar un caso de violencia contra la mujer o violencia intrafamiliar. “Cuando las mujeres denuncian, no saben que el sistema no cuenta con los canales de comunicación adecuados; si hay una denuncia por lesiones o violencia, eso no necesariamente es tomado en cuenta a la hora de discutir una pensión alimenticia, o la relación directa e irregular de ese padre agresor con sus hijos. Eso no queda suficientemente resuelto en las modificaciones procedimentales que tiene esta nueva ley”, agregó Camila Maturana.

Uno de los puntos que podría traer algún conflicto es que la ampliación de lo que es la violencia hacia las mujeres no necesariamente se traduce en una penalización de los hechos, por lo tanto, a la hora de ir a denunciar un potencial acto de violencia política, económica o de  otra índole, ésta no necesariamente sería sancionada. “Se van a seguir aplicando los delitos que ya existen, que no han permitido dar respuesta a estas situaciones, si es que lo vemos desde el punto de vista de sancionar las agresiones, pero sabemos que no es lo único y que todo lo que tiene que ver con prevención, eso sí debiera estar incorporado en tanto obligaciones del sector salud, educación, en el ámbito de la seguridad pública, entre otros”, detalla la abogada.

Pero “no tiene todo que ser delito, esa no es la estrategia que se ha utilizado desde el feminismo; cuando se presenta una situación y no tienes dónde denunciar se presenta un vacío de todas maneras para las mujeres”, dice Camila Maturana.

Para la directora de Corporación Humana la prevención es uno de los puntos más relevantes de esta ley y a la vez, “un desafío enorme, que no se ha logrado abordar de una manera adecuada, las deudas son muy evidentes. Cuando tenemos leyes que discriminan a las mujeres como la ley de sociedad conyugal o cuando no contamos con leyes que definan específicamente la discriminación contra las mujeres”.

Crisis de seguridad y violencia hacia las mujeres

A pesar de los avances en materia de visibilidad y reconocimiento de las diversas violencias contra las mujeres y del trabajo en prevención por parte de organizaciones civiles y el Estado, en los últimos años, las cifras de violencia, en específico los femicidios consumados y frustrados, han seguido en aumento.

El Informe Anual del Circuito Intersectorial de Femicidios (CIF) del 2022 estableció que entre los meses de enero y diciembre del año 2022 hubo 43 femicidios consumados, 180 femicidios frustrados y 27 femicidios tentados (estos últimos se incorporan al CIF sólo en 2022).

Además reveló que en los últimos cinco años (2018-2022) las víctimas de femicidios consumados se mantuvieron entre 42 y 46 al año, mientras que los casos de femicidio frustrado han ido en aumento de 122 en 2018 a 180 en 2022.

“Tenemos un problema grande porque hace 30 años que tenemos una ley de violencia intrafamiliar y hace 20 y algo más, que tenemos una ley antifemicidio, contra la trata de personas migrantes, contra la explotación sexual y leyes contra la violencia sexual, pero las cifras no decaen, en algunos casos aumentan, evidentemente hay un nudo y no es un problema solo de Chile”, recalca la directora de Corporación Humanas.

La abogada agregó que, en el contexto actual de la crisis de seguridad y el aumento de temor en la ciudadanía, “la reacción institucional va por el lado de fortalecer lo punitivo y si por ahí no se está pensando en prevención, es difícil pensar que se va a fortalecer la prevención de la violencia de género”. Para Camila Maturana esto significa “un riesgo de re-invisibilizar la violencia contra las mujeres, debido a la preponderancia de otros tipos de criminalidad frente a la opinión pública y tomadores de decisión. Hay un riesgo de cómo la atención pública puede volver a invisibilizar la violencia contra las mujeres, aumentando su impunidad”.

Agrega que “el foco de trabajo de las policías, fiscalía y justicia en general se ponen en estos temas que tienen la atención en los medios de comunicación, y se puede perder esto que se estaba instalando respecto de cómo investigar y sancionar los crímenes de violencia contra las mujeres”.

Dentro de la nueva criminalidad en nuestro país, también se desarrolla una violencia especial contra las mujeres.

“En el caso de las mujeres migrantes, ellas están en situación de mayor vulnerabilidad, por situaciones de dependencia, exposición a la violencia que, si pensamos en la alta cantidad de mujeres y niñas en situación irregular en Chile, es un universo muy grande de mujeres que no tienen las condiciones institucionales para que ellas puedan denunciar y pedir protección del sistema judicial chileno. Sobre todo, con el nivel de estigmatización y discursos de odio que se ha agudizado y cuando la propuesta a la migración irregular es ‘tipificamos y sancionamos como un delito el ingreso a Chile por pasos no habilitados’”.

La abogada Maturana explica que existe una “respuesta que suena muy bien en la norma, que es la visa humanitaria por VIF, en todo el año pasado se otorgó una de estas visas, esto te lleva a decir qué es lo que está pasando. Actualmente, el Ministerio Público o el Tribunal de Familia la pueden solicitar, pero las mujeres extranjeras probablemente no sepan que pueden tener acceso a este permiso temporal. Lo que se está ajustando es que también el Servicio Nacional de la Mujer pueda solicitarlo”.

El espacio de las organizaciones

A juicio de Camila Maturana las expectativas del proceso de implementación de esta ley están en la institucionalidad. Son “las autoridades las que tienen que decir qué esperan y cómo lo vamos a hacer”. En este proceso, es importante relevar el rol de las organizaciones de mujeres y feministas y destacar que “las organizaciones han podido mantener la violencia contra la mujer siempre en el debate público, y ahora que se cuenta con una nueva ley, que tiene importantes avances y también limitaciones, se abre un campo de desafío muy interesante. Diría que las organizaciones nos vamos a mantener muy activas en monitorear cómo se va implementando adecuadamente esta ley y si es capaz de responder a la necesidad de las mujeres afectadas”, agrega Camila Maturana.

Por último, la directora de Corporación Humanas destaca que “es un desafío saber cuáles van a ser los mecanismos que se van a definir para el diálogo que deben tener las instituciones con las mujeres afectadas y con las organizaciones para implementar este marco normativo de la manera que mejor contribuya a mejorar la situación de las mujeres”.

Entrevista realizada por Macarena Segovia Quinteros, periodista colaboradora del Observatorio de Género y Equidad

Crédito Foto Paula La Tercera