Se perdió la oportunidad de establecer que el Estado y el sector privado también son responsables de los cuidados.
A solo semanas del plebiscito donde la ciudadanía decidirá si está a favor o en contra de la propuesta constitucional, desde Nada Sin Nosotras hacemos un análisis de cómo se abordó nuestra agenda feminista y de derechos humanos en el texto. En cuanto a las labores de cuidado podemos decir que se perdió la oportunidad de establecer que el Estado y el sector privado también son responsables de los cuidados, no solo las familias y las mujeres.
El artículo 13 de la propuesta señala que “la Constitución reconoce el valor de los cuidados para el desarrollo de la vida en la familia y la sociedad. El Estado deberá promover la corresponsabilidad, así como crear y contribuir a crear mecanismos de apoyo y acompañamiento a cuidadores y personas bajo su cuidado”.
Si bien se reconoce el valor del cuidado, no se reconoce como derecho, lo que no permite que se consagre de manera universal para todas las personas. Al hablar de promover (a diferencia de la obligación de proteger o garantizar los cuidados), no obliga al Estado a crear una política pública concreta, con servicios, infraestructura, financiamiento y medidas de protección social.
Por otro lado, el artículo 37 señala que “la familia tiene el deber de cuidado de todos sus miembros. El Estado ofrecerá mecanismos de apoyo y acompañamiento a la maternidad y a la crianza”. Esto mantiene los cuidados como responsabilidad exclusiva de la familia y, en especial, de las mujeres, al asociarlo con la maternidad y la crianza. Esto conserva la distribución desigual de las tareas de cuidados, lo que tiene como resultado una alta carga de trabajo para las mujeres en comparación a los hombres, perjudicando sus posibilidades de desarrollar sus propios proyectos de vida. Además, al focalizar el apoyo estatal exclusivamente en la maternidad y crianza se deja de lado otro tipo de cuidados como el de personas adultas mayores, en situación de discapacidad o con enfermedades graves.
Recordemos que durante el mes de participación ciudadana establecido para este proceso constitucional, Comunidad Mujer, el núcleo constitucional de la Universidad Alberto Hurtado y Yo Cuido presentaron una Iniciativa Popular de Norma que hablaba del derecho al cuidado, siendo una de las primeras en reunir diez mil firmas y ser presentada ante el Consejo.
Esta propuesta establecía en su primer numeral que el Estado reconoce el valor y la función social de los cuidados y promueve la corresponsabilidad social desde las familias, las comunidades y el Estado. Además, incluía implementar un sistema integral de cuidados y la obligación de garantizar los derechos de las personas que cuidan, entre otras cosas. Esta iniciativa no fue aprobada y no quedó en el texto constitucional.
En ese sentido, si bien es un avance que se hable de cuidados en la propuesta constitucional, se perpetúa el modelo existente que no contribuye a reconocer, redistribuir, reducir y recompensar el trabajo de cuidados.