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Escribir una Constitución con perspectiva de género

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La elección de una Convención Constitucional conformada en partes iguales entre hombres y mujeres es un hito en Chile y el mundo, un logro para la participación y representatividad de un grupo que históricamente se ha mantenido en segundo plano en la toma de decisiones. Sin embargo, que se escriba una nueva Constitución es una oportunidad mucho más amplia. Un nuevo texto fundamental puede establecer criterios que apunten a favor de la paridad social, tener una consideración más profunda de los derechos sexuales y reproductivos, establecer medidas concretas contra la violencia de género y promover lo que el movimiento feminista tiene como uno de sus objetivos principales: la igualdad sustantiva entre los géneros.

“Ha llegado una fuerza nueva (…) La mujer se adelanta y hace sentir su presencia en la vida cívica. Cierta de que nadie puede ahorrarle su parte de responsabilidad en los resultados, se alza para representar su opinión, que no es ya la opinión de una simple y cordial simpatía, sino la expresión de una convicción, asumida a conciencia”.
Podría ser una opinión de 2020, tras la marcha del 8 de marzo, quizás. O de enero de 2006, cuando Michelle Bachelet fue proclamada como la primera Presidenta de Chile. O de tantos otros momentos de los últimos años, pero no: lo dijo el periodista Rafael Maluenda en 1931.
Aunque las mujeres aún no podían votar ni ser elegidas para un cargo de representación, la lucha por su derecho a la participación política ya estaba en curso y, en aquella instancia en específico, Maluenda le hablaba a las representantes de los distintos sectores que permitieron la proclamación de Juan Esteban Montero como candidato a la Presidencia, según relata el libro Queremos votar en las próximas elecciones, de 1986.
Si bien la mitad de la población durante la historia de Chile ha estado conformada por mujeres, su participación e incorporación en la toma de decisiones es reciente: sólo han sido parte activa de los procesos democráticos y la vida cívica durante los últimos 70 años.
Algunos datos: a comienzos del siglo XIX sólo el 10% de ellas sabía leer y escribir, y apenas unas décadas después, el Código Civil determinaba que dependían 100% de su marido o su padre. De votar, ni hablar. Recién se les permitió el sufragio en 1934, sólo para elecciones municipales; y luego en 1949, para las presidenciales y parlamentarias. Desde entonces, su participación en elecciones siempre fue en aumento.
En 1952, cuando salió electo Carlos Ibáñez del Campo, votó el 20% de las mujeres inscritas. En 1958, fue el 27% y en 1964, el 63%. Seis años después, cuando Salvador Allende llegó a La Moneda, lo hizo el 69%, y en 1989, cuando se elegía al primer Presidente después de una dictadura de 17 años, participó el 92% de las mujeres del padrón.
Incluso en la elaboración de la Constitución de 1980 lograron una cuota -mínima- de participación. De las nueve personas que conformaron la comisión que redactó el anteproyecto, sólo una fue mujer: Alicia Romo. Después, el Consejo de Estado –compuesto por 19 personas– que revisó el texto, sólo contó con Mercedes Ezquerra como representante del género. Y ya en el primer artículo, las mujeres quedaban invisibilizadas.
Recién en 1999 se promulgó una reforma que cambió el artículo primero de la Constitución. Una sola palabra haría la diferencia: ya no diría “los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos”; sino que en adelante quedaría escrito que así es para todas “las personas”, hombres y mujeres por igual.
Aunque en todos esos años las mujeres se fueron abriendo camino para ocupar espacios de poder y representación, la brecha todavía está. De hecho, desde la creación del Congreso en 1811 apenas 110 mujeres lo han integrado, frente a 3.942 hombres (ver chequeo). Por eso, lo que pasó el domingo 25 de octubre es un hito histórico en materia de equidad de género no sólo en Chile, sino en el mundo (ver artículo).
La redacción de una nueva Constitución abrirá por primera vez una puerta a una participación igualitaria entre hombres y mujeres y, aún más importante, la posibilidad de consolidar derechos propios de la mujer y otras minorías que por años se han visto relegadas. ¿Cómo sería esa Constitución? ¿Por qué es importante la perspectiva de género en cartas fundamentales? Contexto Factual conversó con expertas y expertos para responder esas y otras preguntas, además de analizar qué materias se pueden regular constitucionalmente y su impacto social.

La brecha permanente

Con la misma reforma que cambió la palabra “hombres” por “personas” en el artículo 1 de la Constitución, se agregó que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”. Pero en la práctica, hay cuestionamientos sobre que esto sea efectivamente así.
“Este reconocimiento de la igualdad en el texto de la Constitución no ha sido suficiente para asegurar una igualdad real. La discriminación contra las mujeres y las personas de la diversidad sexual es sistémica, estructural y se hace visible tanto en la legalidad como en el día a día”, escribieron las doctoras en Derecho Estefanía Esparza y Verónica Undurraga en el libro Nueva Constitución con Perspectiva de Género.
La Constitución actual resguarda el derecho a la libertad de trabajo y su protección, y si bien incluye conceptos como “justa retribución” y prohibición de “cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal”, hay clara evidencia de que esto no se ejerce:

• Una encuesta de la Corporación Humanas arrojó que el 89% de las mujeres considera que son discriminadas en los distintos aspectos de su vida.

• Mientras el 41,6% de los hogares chilenos tiene a una jefa de hogar y el 77% de los hogares monoparentales son liderados por mujeres, según datos de GFK Adimark, la brecha salarial supera los $200 mil a favor de los hombres, o sea, las mujeres ganan en promedio un 27% menos, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

• Un 83% de las encuestadas por GFK Adimark señala que luego de trabajar, llegan a sus casas a cocinar, lavar la ropa, limpiar el baño, hacer el aseo y cuidar hijos e hijas, labor que además de no ser remunerada, implica una carga física y psicológica superior a la que tradicionalmente tienen los hombres.

• El 96,6% de las mujeres que no participan de la fuerza laboral –más de 3,7 millones– declara razones familiares permanentes (cuidados y quehaceres domésticos), en contraste con el 3,4% del género opuesto, según el INE. Además, la proporción de mujeres sin ingresos propios es 1,7 veces mayor que la de hombres: de ellas, un 40,1% no tiene autonomía económica.

• Según un estudio de la Fundación Chile Mujeres, sólo un 10% de los puestos en los directorios de las 100 empresas más grandes del país son ocupados por mujeres, y en el 47% de esas firmas no hay ni una directora.

“Una Constitución con perspectiva de género es una igualitaria, que avanza hacia una transformación social en las relaciones entre hombres y mujeres y, por supuesto, con las personas LGBTQ+. Se debe diseñar un texto que incorpore una visión de género de inicio a fin, desde las bases de la institucionalidad hasta los derechos fundamentales, sociales, etc. No es sólo una demanda en específico; es muchísimo más amplio”, dice la presidenta de la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem), Bárbara Sepúlveda. 
Por su parte, el psicólogo y fundador de Ilusión Viril, Pedro Uribe, señala que “el enfoque de la igualdad de género es relevante sobre todo por las injusticias sistemáticas y las brechas que han generado: invisibilidad, opresión, violencia hacia las mujeres y las disidencias. Creo que un documento que considere las desigualdades de poder y de acceso permite tomar una postura clara frente a estos temas. No necesariamente porque tenga un enfoque de género va a erradicar absolutamente el machismo, pero las personas y las culturas vivimos y nos nutrimos de nuestros símbolos, y evidentemente contribuye a que se le dé un valor a nivel simbólico. El enfoque de la igualdad de género permite poner sobre la mesa qué tipo de diálogos queremos construir, qué tipo de relaciones, de conversaciones y bajo qué marcos”.

Paridad: espacios para todos y todas

En 1951 se eligió a la primera diputada, Inés Enríquez, del Partido Radical. En 1953, la primera senadora, María de la Cruz, del Partido Femenino Chileno. Hoy, el 23% de los integrantes del Congreso son mujeres: 35 diputadas y 11 senadoras. Pero el balance global sigue cargado al lado de hombres: en los 209 años de historia del Parlamento, apenas un 2,7% de sus miembros han sido mujeres.

En 2015, la ley que cambió el sistema binominal por uno proporcional vino además con una cuota de género. ¿Qué implicó? Que en las listas de candidatos y candidatas, ningún sexo podrá superar el 60% de las postulaciones. Hubo partidos que levantaron candidaturas femeninas sólo para alcanzar la cuota, sin hacer una apuesta real para que lleguen al Congreso (ver informe de la Lupa Electoral).
Pero ahora es distinto. Lo que se aprobó para la Convención Constitucional no es un sistema de cuotas, sino que de paridad: las listas deberán llevar el mismo número de postulantes hombres y mujeres de forma alternada, y los resultados se repartirán de la misma forma, de modo que en cada distrito la balanza esté equiparada, sólo quedando la posibilidad de que un sexo supere en cantidad al otro donde los escaños a repartir sean impares, y ahí la diferencia sólo puede ser de una persona.
“Efectivamente es un primer paso para que en el diseño de la Carta Magna se converse desde una posición paritaria, pensando que las constituciones tradicionalmente fueron escritas por hombres pensando en hombres, para hombres y redactadas en masculino. En una Convención paritaria es más probable que dicha idea sea debatida y tomada en cuenta para lograr garantizar en la Constitución la autonomía de las mujeres en todos los ámbitos: física, económica y de decisiones”, dice la investigadora y consultora de FLACSO-Chile, Lucía Miranda.
La presidenta de Corporación Humanas, Lorena Fríes, explica que la presencia de mujeres en ese tipo de instancias hace mucho más probable que avancen cambios en esa vía.
“Que haya más mujeres en el Parlamento ha hecho que, como nunca antes, surjan muchos más proyectos de ley que buscan igualar la cancha en materia de acceso y ejercicio de derechos. No sólo aportan representatividad al incorporar a una mitad históricamente excluida, sino que además ponen ejes que no siempre están considerados como temas políticos y, por lo tanto, muchas veces se caen de la conversación o se hace desde un paradigma masculino”, sugiere.
La Organización de Naciones Unidas (ONU) indica que la paridad en las democracias es necesaria para que las mujeres contribuyan a la toma de decisiones que afectan sus vidas y se beneficien del proceso político. Contribuye a la calidad y legitimidad democrática, incorporando temas que repercuten en beneficio de toda la sociedad; a la igualdad real en el acceso al poder; a la equidad efectiva a través de nuevas leyes y políticas; a aprovechar el capital humano y mejorar el desarrollo; y a transformar las relaciones de poder, ayudando a construir relaciones horizontales de igualdad y liderazgos libres de estereotipos y prejuicios.
También puede generar importantes dividendos económicos, dice un informe del Foro Económico Mundial:
“La paridad económica podría agregar 250 mil millones de dólares adicionales al Producto Interno Bruto (PIB) del Reino Unido, 1,750 mil millones de dólares al de los Estados Unidos, 550 mil millones de dólares al de Japón, 320 mil millones de dólares a Francia y 310 mil millones de dólares al PIB de Alemania. Otras estimaciones recientes sugieren que China podría ver un aumento del PIB de 2,5 billones de dólares a partir de la paridad de género y que el mundo en su conjunto podría aumentar el PIB mundial en 5,3 billones de dólares para 2025 al cerrar la brecha de género en la participación económica en un 25% durante el mismo período”.
¿Por qué si la evidencia muestra resultados positivos, no es un foco a realizar? Miranda responde: “No se promueve porque implica cambiar estructuras y desbaratar la epistemología patriarcal imperante. Por eso el primer paso del feminismo es instaurar y reproducir la concientización de género. Y desde la investigación social, aplicar una lógica que logre desbaratar la manera patriarcal de abordar la realidad en términos de diseño y funcionamiento de todas las instituciones sociales”.
Para Uribe, se trata del miedo.
“Hay hombres que se resisten a entregar el poder porque están en un lugar de absoluta comodidad y les conviene que las jerarquías y el poder se mantengan tal como están porque eso asegura la concentración del dinero, las riquezas, los amigos, las redes de poder, las influencias. Muchos se benefician de esas redes de complicidad masculina, de silenciamiento, de marginación de otras personas que son distintas. Hay muchas teorías que uno puede plantear para comprender por qué se sienten atemorizados. Piensan que esto es una venganza contra ellos, entonces se resisten y no colaboran, no contribuyen y no quieren escuchar, cuando en realidad el feminismo apuesta por construir sociedades más igualitarias que finalmente nos beneficien a todos los géneros por igual, no solamente en beneficio de las mujeres”, dice.
Derechos sexuales y reproductivos
Que todas las personas, sin discriminación, violencia o coerción, puedan ejercer plenamente su sexualidad como fuente de desarrollo personal y decidir autónomamente sobre ella y la reproducción, contando para ello con la información, los medios y servicios que así lo permitan. Así se definen los derechos sexuales y reproductivos.
¿Qué significa en la práctica? A pesar de la percepción asociada comúnmente al aborto, hay mucho más: tener acceso a planificación familiar, a tratamientos asociados a la reproducción y contraceptivos, a información y herramientas de cuidado sanitario en relaciones homosexuales, a garantías médicas para personas transgénero, a vivir libre de prácticas como la violencia sexual, la mutilación genital y los matrimonios forzados.
Sepúlveda explica que “a nivel constitucional, su reconocimiento es clave para la determinación de la autonomía y libertades de mujeres y diversidades sexuales. Estos derechos alcanzan a los hombres en materia reproductiva y de salud sexual, sin embargo, esta expresión específica del derecho a la salud debe ser especialmente enfocada en la población más vulnerable. Hay que pensarlo de forma coordinada y armónica para que no se utilicen ciertos derechos constitucionales como si fuesen antagónicos a las libertades y autonomía de las mujeres”.
A pesar de los intentos para avanzar en educación sexual y concientizar acerca de los derechos reproductivos, las cifras no son alentadoras. Aunque el embarazo adolescente ha disminuido, según datos del INE en 2017 nacieron 17.369 bebés cuyas madres eran menores de edad. De ellos, 472 fueron de madres con menos de 15 años y en al menos 40 de esos casos el padre tenía más de 20, y uno más de 40 años. Otros datos: el 60% de los contagios de  infecciones  de  transmisión  sexual (ITS) se producen en menores de 24 años; sólo el 14% de los chilenos usa condón siempre y más del 10% nunca lo hace; y de acuerdo con Organizando Trans Diversidades, sólo hay 11 iniciativas de atención a personas transgénero en hospitales, apenas un 4% de los servicios de salud públicos del país.
Según la UNESCO, es necesario preparar a niños, niñas y adolescentes (NNA) con conocimientos, habilidades, actitudes y valores que ayuden a realizar su salud, bienestar y dignidad; desarrollar relaciones sociales y sexuales respetuosas; considerar cómo sus elecciones afectan su propio bienestar y el de los demás; y entender cuáles son sus derechos a lo largo de la vida y asegurarse de protegerlos. A eso apuntaba el proyecto que buscaba incluir en el currículum de la enseñanza básica y media una educación en sexualidad, afectividad y género de carácter comprehensiva, oportuna, pertinente y de calidad, y que el Congreso archivó hace unas semanas.
La iniciativa pretendía entregar herramientas y conocimientos para ayudar a la concientización de una sexualidad responsable, informar sobre derechos reproductivos, métodos anticonceptivos existentes y autorizados, violencia sexual con sus consecuencias, y prevenir infecciones de transmisión sexual, entre otras. Sin embargo, no alcanzó el quórum para continuar su tramitación.
Entre los argumentos que dieron sus detractores –principalmente parlamentarios oficialistas–, se acusó que el proyecto iría en contra de la libertad de enseñanza, además de fijar “los criterios que van de acuerdo a la ideología de género predeterminada vulnerando el proyecto educativo propio”, como indicó la diputada Francesca Muñoz (RN). El diputado de Evópoli, Sebastián Álvarez, dijo que rechazaba la iniciativa por ir “en consonancia con ideas progresistas, como el fomento del respeto de la diversidad y la no discriminación”.
“Y la culpa no era mía, ni dónde estaba, ni cómo vestía”
La icónica intervención del colectivo Lastesis recorrió el mundo: fueron reconocidas como uno de los grupos más influyentes del año por la revista Time. La desafiante letra de Un violador en tu camino responsabiliza directamente al Estado y sus instituciones por la violencia sexual ejercida contra las mujeres, haciendo un llamado a liberar de culpas a las víctimas.
La violencia contra la mujer se entiende como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”, como indica la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la ONU.
Están la violencia física –control mediante agresiones corporales–; psicológica –control mediante amenazas, humillaciones y presión emocional–; económica –control mediante la entrega del dinero necesario para su manutención personal o de otras personas que integran la familia, o apropiarse de los bienes adquiridos por la mujer–; obstétrica –mediante cualquier acción u omisión que cause daño físico y/o psicológico a la mujer por parte del personal del sistema de salud al momento del embarazo, parto, y puerperio–; y sexual –obligada, mediante la fuerza física o amenazas sicológicas, a tener relaciones sexuales o a realizar actos sexuales que le resultan humillantes o degradantes–.
Según el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg), entre 2013 y 2020 se registraron en Chile 334 femicidios consumados y 918 frustrados. La cifra sería mayor según la Red de Violencia contra la Mujer, quienes además incorporan el suicidio femicida: mujeres que deciden acabar  con su vida a consecuencia del acoso y la violencia machista, al sentir que no existe otra salida o ante la impunidad de los agresores y la negligencia de las instituciones del Estado que deberían protegerlas.
El Observatorio Niñez y Adolescencia informó que al año 2017, la tasa de denuncia por delitos sexuales, violaciones y abuso sexual de NNA entre 14 y 17 años era de 185 por cada 100.000 jóvenes de esas edades. En el caso de mujeres, la cifra es casi el doble.
La pandemia empeoró la situación. En abril, con cuarentena obligatoria en gran parte del país, el fono de orientación 1455 del Sernameg aumentó un 63% sus llamados respectos al mes anterior, mientras que el fono 149 Familia de Carabineros, en el mismo periodo, incrementó en un 119%. Las denuncias y abusos relacionados a crímenes de la comunidad LGBTQ+ aumentaron un 58% en 2019, los asesinatos subieron un 66% y las agresiones se incrementaron un 25% en comparación al 2018, según el XVIII Informe Anual de los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género en Chile del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh). En promedio, se realizaron a diario más de 3 denuncias formales ante la justicia, la cifra más alta que haya constatado el movimiento.
“La violencia de género hacia las mujeres, niñas y disidencias, viola todos los otros derechos humanos. Uno no puede esperar que la Constitución solucione todos los problemas, pero hay varios elementos de los que sí se puede hacer cargo. El derecho internacional ha cristalizado la no violencia hacia las mujeres y las disidencias como un hito, el derecho a vivir una vida libre de violencia. Es un enunciado necesario, que obviamente no basta. Hay que generar mecanismos para materializar esos derechos, tiene que haber voluntad dentro de la institucionalidad pública para avanzar en políticas”, sostiene Fries.

Sepúlveda insiste en la necesidad de una red de acción estatal: “El problema es que cuando hablamos de violencia de género, hemos pensado constantemente en el rol del Estado como un dispositivo que aparece una vez que el hecho ocurrió. Hay que poner un enfoque importante en la prevención y eso sí se puede constitucionalizar, a la par, por supuesto, con la constitucionalización del derecho a vivir una vida libre de violencia. Se tendrían que establecer mandatos específicos para el Estado, con el fin de desarrollar políticas públicas de prevención, junto a la efectiva sanción e incluso la reparación de las víctimas. Debería existir una coordinación estatal intersectorial. No sólo el Poder Ejecutivo va a tener un rol importante, también el Judicial y el Legislativo. Van a haber cosas que tendrán que ser materializadas a través de nueva legislación, pero de todas formas debe estar en la Constitución. Necesitamos un Estado que mueva una transformación social hacia la erradicación de estas manifestaciones de violencia”.


Crédito: Valentina Matus